De acuerdo con la ley de California, el Código de Procedimiento Civil 170.6 permite a una parte presentar una recusación perentoria contra un juez en determinadas circunstancias.
Primero, ¿cuál es la regla general para el CCP 170.6?
«La Sección 170.6, subdivisión (a)(1) establece: “Un juez, comisionado del tribunal o árbitro de un tribunal superior del Estado de California no deberá juzgar una acción civil o penal ni un procedimiento especial de cualquier tipo o carácter, ni escuchar ningún asunto en el mismo que involucre una cuestión controvertida de derecho o de hecho, cuando se establezca, según lo dispuesto en esta sección, que el juez o comisionado está prejuiciado contra una parte o abogado o contra el interés de una parte o abogado que comparezca en la acción o procedimiento.”
¿Cómo puede una parte establecer o expresar este prejuicio?
Según 170.6(a)(2), “[e]l prejuicio se establece, a los efectos de la sección 170.6, mediante una moción ‘respaldada por una declaración jurada o una declaración bajo pena de perjurio, o una declaración oral bajo juramento’ de que el juez asignado ‘tiene prejuicio contra una parte o abogado… de modo que la parte o el abogado no pueden, o creen que no pueden, tener un juicio o audiencia justa e imparcial ante ese juez.’”
¿Qué eventos obligatorios deben ocurrir una vez expresado el prejuicio?
Según 170.6(a)(4), “[s]iempre que ‘la moción se presente debidamente, y la declaración jurada o declaración bajo pena de perjurio se presente debidamente, o se haga una declaración oral bajo juramento debidamente, entonces, y sin ningún otro acto o prueba,’ debe asignarse un juez diferente para juzgar la causa o escuchar el asunto.”
“Cuando una parte ha cumplido con los requisitos de la sección 170.6, la descalificación del juez es obligatoria, sin ningún requisito de prueba de hechos que demuestren que el juez realmente tiene prejuicio.”
“La descalificación es automática y se basa únicamente en la creencia de buena fe de la parte de que existe prejuicio.”
Entonces, ¿qué ocurrió en la reciente decisión People v. Superior Court (Broadway), citada actualmente como 2025 Cal. App. LEXIS 436?
El Pueblo presentó una moción bajo 170.6 contra la jueza Cynthia Davis, quien era la única jueza asignada al Tribunal de Salud Conductual del Condado de San Diego, un tribunal colaborativo que ofrece a los acusados con enfermedades mentales graves la posibilidad de recibir tratamiento supervisado por el tribunal bajo libertad condicional formal supervisada.
¿Cómo funciona y fue creado este Tribunal de Salud Conductual?
A diferencia de otros programas de desvío, como el desvío previo al juicio para acusados con trastornos mentales (véase el Código Penal de California sección 1001.36), el Tribunal de Salud Conductual no fue creado por mandato legislativo, sino a través de un acuerdo conjunto de las distintas partes involucradas para abordar los problemas de salud mental de ciertos individuos calificados en el sistema de justicia penal. Como resultado, el Tribunal de Salud Conductual no tiene estatutos rectores.
Los acusados son identificados como posibles participantes en el Tribunal de Salud Conductual a través de un sistema de referencias. A solicitud de una parte, y después de que el acusado sea condenado o se declare culpable, pero antes de la sentencia, un tribunal puede optar por remitir al acusado al BHC para una evaluación de admisión. En algunos casos, el tribunal hace la remisión en base a un acuerdo con el fiscal, es decir, como parte de un acuerdo de culpabilidad, pero en ausencia de un acuerdo de culpabilidad, el tribunal puede remitir el caso al Tribunal de Salud Conductual incluso contra la objeción del fiscal.
¿Cuál fue la cuestión en People v. Superior Court (Broadway)?
La cuestión era si estos procedimientos en el Tribunal de Salud Conductual constituyen un juicio o audiencia pendiente que involucra cuestiones de hecho o de derecho (o, alternativamente, una asignación para todos los fines), que permitiera aplicar un desafío perentorio bajo el CCP 170.6.
Aquí, el Pueblo presentó un 170.6 contra la jueza Davis, y ella denegó los desafíos, basándose en la conclusión de que los procedimientos en el Tribunal de Salud Conductual no son audiencias que involucren cuestiones controvertidas de hecho o de derecho.
El Tribunal no estuvo de acuerdo con esa denegación y emitió autos ordenando al tribunal de primera instancia conceder los desafíos perentorios del Pueblo.
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