¿Puede Una Escuela Ser Responsable Por La Negligencia De Un Empleado Escolar, Cuando La Acción Ocurre Fuera De Los Terrenos Escolares?
Esto proviene de una opinión publicada recientemente, Taylor v. Los Angeles Unified School Dist., citada el 7 de julio de 2025 como 2025 Cal. App. LEXIS 423.
¿Qué Pasó En Taylor?
Comenzamos con el distrito escolar: el Distrito Escolar Unificado de Los Ángeles (al que llamaré “LAUSD”), que contrató al empleado Tyler Martin-Brand como trabajador de recreo a tiempo parcial y supervisor del programa extracurricular Beyond the Bell, para luego supervisar un programa extracurricular en la escuela. El hijo de la Demandante, que entonces tenía 6 años, asistía a esa escuela (pero no al programa extracurricular).
Luego la Demandante le pidió a Martin-Brand que cuidara a su hijo.
Los siguientes hechos son importantes:
“Aunque [la Demandante] no sabía dónde vivía Martin-Brand y sabía poco sobre sus antecedentes, obtuvo el número de teléfono de Martin-Brand y organizó que recogiera a [su hijo] y lo cuidara en la casa de Martin-Brand. Taylor confiaba en Martin-Brand porque trabajaba para LAUSD.
Ella no le dijo a nadie que iba a pedirle a Martin-Brand que cuidara a [su hijo], ni que había hecho esos arreglos de cuidado. Uno de los supervisores de Martin-Brand se enteró más tarde de que había estado cuidando a estudiantes, pero el supervisor desconocía ese hecho antes de que Martin-Brand cuidara al [hijo de la Demandante].”
Este siguiente punto también es muy importante:
“La política de LAUSD prohibía a los empleados de LAUSD interactuar con estudiantes fuera del campus, excepto durante actividades patrocinadas por la escuela.”
La Tragedia
Lamentablemente, Martin-Brand golpeó hasta la muerte al hijo de la Demandante mientras lo cuidaba.
La Demanda
La Demandante presentó una demanda en la que “alegaba que LAUSD contrató, retuvo y supervisó negligentemente a Martin-Brand, y que esta negligencia fue un factor sustancial en dañar al [hijo de la Demandante].”
“El caso fue a juicio, y el jurado emitió un veredicto especial en el que encontró que LAUSD fue negligente al contratar y supervisar a Martin-Brand, que [la madre de la Demandante] también fue negligente, y que la negligencia de ambas partes fue un factor sustancial en causar el daño a [la Demandante]. El jurado otorgó a [la Demandante] $30 millones en daños no económicos. Atribuyó un 90 por ciento de culpa a LAUSD, un 10 por ciento a [la Demandante], y cero por ciento a Martin-Brand, el asesino.”
Mociones Posteriores Al Juicio
LAUSD presentó una moción de sentencia no obstante el veredicto (JNOV) y una moción para un nuevo juicio.
Ambas mociones afirmaban que LAUSD estaba inmune de responsabilidad por la muerte conforme al Código de Educación de California sección 44808, que establece que “ningún distrito escolar … será responsable ni de ninguna manera culpable por la conducta o seguridad de cualquier alumno de las escuelas públicas en cualquier momento en que dicho alumno no se encuentre en propiedad escolar”, salvo cuando el distrito haya asumido específicamente la responsabilidad por el alumno.
Después de escuchar los argumentos, el tribunal de primera instancia denegó ambas mociones y falló a favor de la Demandante.
La Apelación
LAUSD apeló y el tribunal de apelaciones estuvo de acuerdo con LAUSD para revocar la decisión del tribunal de primera instancia.
La Ley Aquí
Estándar De JNOV
Primero, una breve nota sobre las mociones JNOV:
“Una moción de sentencia no obstante el veredicto solo puede ser concedida si de la evidencia, vista bajo la luz más favorable a la parte que obtuvo el veredicto, no existe evidencia sustancial en apoyo.”
El Argumento De LAUSD: Sección 44808
Luego, LAUSD argumentó la sección 44808 del Código de Educación de California, que mencioné antes y que establece:
“ningún distrito escolar … será responsable ni de ninguna manera culpable por la conducta o seguridad de cualquier alumno de las escuelas públicas en cualquier momento en que dicho alumno no se encuentre en propiedad escolar”, salvo cuando el distrito haya asumido específicamente la responsabilidad por el alumno.”
El Análisis Del Tribunal
El Tribunal aquí analizó y coincidió con Mosley v. San Bernardino City Unified School Dist. (2005), citado como 134 Cal.App.4th 1260, donde una estudiante de preparatoria murió tras caer de una camioneta conducida por su entrenador de baloncesto, quien era un ex empleado de la escuela. Los padres de la estudiante presentaron una demanda por muerte injusta contra el distrito escolar bajo la teoría de contratación y supervisión negligente. El tribunal de primera instancia concluyó que el distrito estaba inmune bajo la sección 44808 y confirmó su demurrer. Así, fallando a favor del distrito escolar.
Conclusión
Al final, el Tribunal aquí encontró que LAUSD es estatutariamente inmune de responsabilidad, y revocó la orden y el fallo del tribunal de primera instancia.
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